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Jubilación Activa: Nueva Regulación y Cambios Recientes

La jubilación activa permite compatibilizar la percepción de la pensión con la realización de un trabajo, ya sea por cuenta ajena o propia. Su objetivo principal es favorecer la continuidad laboral de los trabajadores de mayor edad, promoviendo el envejecimiento activo.

Principales Modificaciones con la Reforma Reciente

El Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, ha introducido cambios significativos en la regulación de la jubilación activa. Entre los aspectos más relevantes se encuentran los nuevos requisitos de acceso, el cálculo del importe de la pensión y las obligaciones de cotización.

Requisitos de Acceso

Los trabajadores por cuenta ajena y propia pueden acogerse a la jubilación activa si cumplen con los siguientes requisitos:

  1. Edad mínima: Haber cumplido al menos un año después de la edad legal de jubilación (66 años y 8 meses en 2025 si se han cotizado menos de 38 años y 3 meses, o 65 años si se ha cotizado esa cantidad o más).
  2. Periodo de cotización: Tener al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 deben estar dentro de los últimos 15 años.
  3. Eliminación de requisitos previos: Ya no se exige haber alcanzado el 100% de la base reguladora de la pensión.
  4. Compatibilidad con el complemento por demora: Se permite acceder a la jubilación activa y al mismo tiempo percibir el complemento por demora, aunque este no se incrementará mientras se mantenga la situación de jubilación activa.
  5. Exclusión del sector público: La jubilación activa sigue siendo incompatible con cargos en el sector público.

Cálculo de la Pensión en Jubilación Activa

A partir de abril de 2025, la pensión se calculará en función de los años de demora en el acceso a la jubilación:

  • 1 año de demora: 45% de la pensión
  • 2 años de demora: 55%
  • 3 años de demora: 65%
  • 4 años de demora: 80%
  • 5 o más años de demora: 100%

Por cada 12 meses adicionales de permanencia en la situación de jubilación activa, el porcentaje se incrementará en 5 puntos hasta alcanzar el 100% de la pensión.

Compatibilidad con Actividad por Cuenta Propia y Contratación de Trabajadores

Si el pensionista realiza una actividad por cuenta propia y tiene contratado a un trabajador indefinido, los porcentajes iniciales de la pensión serán:

  • 1 a 3 años de demora: 75%
  • 4 años o más: Aplicación de la escala general (80% en el cuarto año, 100% a partir del quinto).

Antes de la reforma, esta situación permitía acceder directamente al 100% de la pensión.

Revalorización Anual de la Pensión

La pensión se revalorizará anualmente de acuerdo con las normas de las pensiones contributivas. Sin embargo, mientras se mantenga la situación de jubilación activa, el importe revalorizado se reducirá según los porcentajes aplicables a la situación de compatibilidad con el trabajo.

Finalización de la Jubilación Activa

Cuando el pensionista deje de trabajar, recuperará el derecho a percibir la pensión en su totalidad sin reducciones.

Obligaciones de Cotización en Jubilación Activa

Los trabajadores y empresarios cotizarán solo por:

  • Incapacidad temporal: 1,50% (1,25% a cargo del empleador y 0,25% del trabajador).
  • Contingencias profesionales: Según lo establecido en la normativa.
  • Cotización especial de solidaridad: 9% de la base de cotización por contingencias comunes (7% a cargo del empleador y 2% del trabajador). Esta cotización no computa para prestaciones.

Requisitos para Empresas Empleadoras

Las empresas que deseen que sus trabajadores se acojan a la jubilación activa deben cumplir con:

  1. No haber realizado despidos improcedentes en los últimos 6 meses para empleados del mismo grupo profesional.
  2. Mantener el nivel de empleo existente en los 90 días anteriores al inicio de la jubilación activa.

Excepciones: Se permiten despidos por causas objetivas, disciplinarias, dimisiones, jubilaciones, incapacidad permanente o finalización de contratos temporales.


Conclusión La reforma de la jubilación activa flexibiliza los requisitos de acceso y mejora la compatibilidad con el trabajo, beneficiando a los pensionistas que desean continuar en activo. Con los nuevos porcentajes de cálculo y la eliminación de restricciones previas, se fomenta la prolongación de la vida laboral con mayor seguridad económica.

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