Hoy en día, la edad de la jubilación ordinaria ya no es una cifra concreta como era antes (65 años). Actualmente depende de los años de cotización que tengamos acumulados en nuestra vida laboral. Te lo detallamos en este artículo para que sepas cuándo puedes jubilarte.
Te explicamos, además, todos los requisitos para acceder a la jubilación y la manera de calcular lo que cobrarás cada mes.
¿Qué es la Jubilación Ordinaria?
La jubilación ordinaria da luz verde a una nueva etapa de la vida donde dejamos la actividad laboral y comenzamos a cobrar una mensualidad de la Seguridad Social sin necesidad de trabajar.
Se trata de una pensión contributiva, es decir, que está financiada por las cotizaciones de los ciudadanos. Y vitalicia, porque se extiende hasta el fallecimiento del beneficiario.
Pero también se define por ser voluntaria, de manera que la persona puede demorar su retiro (lo que se llama Jubilación Demorada).
No obstante, en 2019 volvió la posibilidad de que las empresas, en determinadas circunstancias y bajo negociación colectiva, puedan obligar a una jubilación forzosa. Pero nos vamos a centrar en la jubilación estándar ordinaria, que se caracteriza por ser voluntad del trabajador.
Requisitos Jubilación Ordinaria
Para poder acceder a esta prestación se deben cumplir los siguientes requisitos de jubilación:
- Es imprescindible haber cotizado en nuestra trayectoria laboral un mínimo de 15 años. Dos de los cuales, además, deben estar comprendidos en 15 años anteriores a la solicitud de jubilación.
- Tener una determinada edad. La edad de jubilación es el momento de tu vida para decir adiós al trabajo, pero no a una remuneración que te has ganado durante toda tu trayectoria laboral. Anteriormente, esta edad era fija y lo volverá a ser en 2027. Mientras tanto, los requisitos actuales de edad y años cotizados son los siguientes:
Año Jubilación | Período Cotización | Edad Mínima |
---|---|---|
2019 | 36 años y 9 meses cotizados (o más) | 65 años |
Menos de 36 años y 9 meses cotizados | 65 años y 8 meses | |
2020 | 37 años cotizados (o más) | 65 años |
Menos de 37 años cotizados | 65 años y 10 meses | |
2021 | 37 años y 3 meses cotizados (o más) | 65 años |
Menos de 37 años y 3 meses cotizados | 66 años | |
2022 | 37 años y 6 meses cotizados (o más) | 65 años |
Menos de 37 años y 6 meses cotizados | 66 años y 2 meses | |
2023 | 37 años y 9 meses cotizados (o más) | 65 años |
Menos de 37 años y 9 meses cotizados | 66 años y 4 meses | |
2024 | 38 años cotizados (o más) | 65 años |
Menos de 38 años cotizados | 66 años y 6 meses | |
2025 | 38 años y 3 meses cotizados (o más) | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses cotizados | 66 años y 8 meses | |
2026 | 38 años y 3 meses cotizados (o más) | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses cotizados | 66 años y 10 meses | |
2027 en adelante | 38 años y 6 meses cotizados (o más) | 65 años |
Menos de 38 años y 6 meses cotizados | 67 años |
Por tanto, en 2025 podrás acceder a la jubilación ordinaria con 65 años si acumulas 38 años y tres meses cotizados (o más). Pero si tu carrera de cotización es menor, tendrás que esperar a los 66 años y ocho meses. Aunque recuerda que, acreditando 35 años cotizados, puedes solicitar la jubilación anticipada dos años antes de la edad que te corresponda.
- También es necesario cumplir otro requisitos más técnicos, que es estar afiliado en la Seguridad Social. Pese a ello, no se requiere estar dado de alta o en situación asimilada al alta si se ha cumplido la edad ordinaria de jubilación en el momento del hecho causante (fecha de cese en el trabajo).
- Es preciso haber finalizado nuestra carrera laboral (no estar en activo).
Cómo solicitar la Jubilación Ordinaria
Se puede solicitar incluso hasta tres meses antes.
Cómo se calcula la Jubilación Ordinaria
Ahora vamos a ver cómo se calcula la pensión de jubilación y a qué tipo de complementos o beneficios podemos tener derecho, así como qué ocurre en los casos en los que el importe resultante es inferior a la pensión mínima.
A diferencia de la jubilación anticipada, la jubilación ordinaria no tiene ningún tipo de penalización en la cuantía final.
Pensión mínima y complemento a mínimos
Aunque el cálculo de nuestra pensión no llegue a una cifra mínima fijada en los Presupuestos Generales del Estado, se permite que cobremos dicho mínimo. Sin embargo, no es una suma fija, sino que se aplica una fórmula matemática.
En 2025, teniendo 65 años o más, la pensión mínima es de:
- 15.786,40 € anuales si se tiene cónyuge a cargo.
- 12.241,60 € anuales si no se tiene cónyuge.
- 11.620,00 € anuales si se tiene cónyuge pero no depende económicamente.
Para garantizar el derecho a una pensión mínima, existe el complemento a mínimos. Cumpliendo ciertos requisitos, se puede solicitar esta cantidad adicional que eleva la prestación hasta la pensión mínima establecida.
Cálculo de pensión de jubilación ordinaria en 2025
Para conocer el importe que abonará la Seguridad Social tras la jubilación, se debe calcular la base reguladora. Con la normativa de 2025, se toman en cuenta los últimos 25 años cotizados (300 meses) desde el momento de la jubilación.
El cálculo consiste en:
- Sumar todas las bases de cotización de esos 300 meses.
- Dividir el resultado entre 350.
Si hay periodos en los que no se ha cotizado, se pueden sustituir esos valores por la base de cotización mínima vigente, con un límite de 48 meses.
Para percibir el 100% de la base reguladora, se deberá acreditar un mínimo de 36 años y medio cotizados en 2025.
Complemento de maternidad/paternidad y de brecha de género
El antiguo complemento de maternidad fue sustituido en 2021 por el complemento para la reducción de la brecha de género. Ahora puede cobrarse desde el primer hijo y es accesible tanto para mujeres como para hombres (aunque no de manera simultánea para ambos progenitores). En 2025, el importe es de 35,90 € al mes por hijo.
Además, los padres que habrían tenido derecho al anterior complemento de maternidad pueden reclamarlo retroactivamente, sin límite de tiempo, según lo establecido por el Tribunal Supremo.
Años cotizados para cobrar el 100% de la pensión
Para 2025, el tiempo mínimo de cotización requerido para percibir el 100% de la pensión es de 36 años y medio.
En la práctica:
- Quienes se jubilen con 65 años en 2025 podrán cobrar el 100% si han cotizado 38 años y tres meses o más.
- Quienes se jubilen con 66 años y ocho meses necesitarán al menos 36 años y seis meses cotizados para percibir el 100%.
En Gestión 3, te acompañamos en cada paso del proceso, resolviendo tus dudas y gestionando la solicitud de tu pensión para que no tengas que preocuparte por nada.